Qué hacer si tu vecino no paga los gastos de la comunidad

Tener un vecino moroso es una realidad que se da en muchas comunidades de propietarios de España, una situación muy común entre las comunidades de vecinos, y no siempre fácil de gestionar porque surgen muchas dudas: ¿Qué se puede hacer para que el vecino moroso pague la deuda? Si el propietario no paga y el piso está en régimen de alquiler, ¿paga el inquilino? ¿Qué ocurre si una vivienda se vende cuando hay gastos que no se han pagado a la comunidad? Desde AlquilerProtegido intentamos despejar todas estas dudas.

En primer lugar, las deudas de un vecino moroso tienen consecuencias directas para el resto de propietarios. Lo gastos que uno no paga los debe asumir el resto de la comunidad. La luz, el agua, la derrama pendiente, el servicio de limpieza y jardinería, e incluso los gastos por la piscina. Si en tu comunidad hay algún dueño que no está haciendo frente a sus cuotas ten claro que puedes reclamarle que haga frente a sus obligaciones, teniendo distintas opciones para ello.

Vía amistosa o reclamación judicial

En primer lugar, os recomendamos que lo hagáis por la vía amistosa y, si esta no funciona, que recurráis a la justicia. Aconsejamos que la  junta general de propietarios envíe una carta al vecino moroso para dejar constancia por escrito de que tiene unas deudas pendientes. En ocasiones, existen dudas de qué ocurre de si el deudor es un banco, pues bien, el procedimiento a seguir no cambia. Al igual que ocurre cuando el inmueble se ha vendido y tiene nuevo propietario, pues es este el que debe asumir la cantidad de impago que el anterior dueño no llegó a liquidar.

Si la vía amistosa fracasa y el propietario sigue sin pagar, el próximo paso consiste en iniciar un procedimiento monitorio, donde no hace falta abogado ni procurador, pero sí el acuerdo de la comunidad de vecinos, o bien interponer una reclamación judicial directamente. En el primer caso, debe convocarse una junta de propietarios para tratar este asunto, y adoptar un acuerdo de liquidación de deuda, que debe notificarse al propietario moroso, mediante una carta certificada, reconociendo la deuda y cuantía que tiene pendiente de abonar. Esto está regulado por la Ley de Propiedad Horizontal.

El último paso para reclamar el pago pasa por iniciar una reclamación judicial en contra del moroso por parte de la comunidad de vecinos. Aquí, las medidas propuestas deben estar aprobadas en junta y deberán ser certificadas por el secretario y el presidente.

Habitualmente, el proceso judicial suele durar hasta seis meses, y el juez podrá ordenar directamente el embargo de la cantidad impagada en las cuentas y bienes del deudor.

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