Se abre el plazo para solicitar las ayudas al alquiler en Andalucía

Este lunes 10 de diciembre se ha abierto el plazo para solicitar las nuevas ayudas de la Junta para el alquiler de vivienda habitual en Andalucía. Se dotarán 57 millones de euros destinados a personas en situación de vulnerabilidad y con ingresos limitados, así como a jóvenes menores de 35 años.

[Tweet «Más de 14mil familias podrán beneficiarse de las ayudas al alquiler en Andalucía.»]

Información sobre las ayudas

El plazo permanecerá abierto hasta el 9 de enero y las ayudas serán concedidas por tres años y no por un año como hasta ahora.

Además, se prevé que unas 14.050 familias se beneficien de esta ayuda, lo que se traduce en un total de 42.150 ayudas concedidas al final del periodo. De ellas, 11.150 ayudas corresponderán a tipo general o a mayores, 2.900 ayudas para jóvenes, pudiendo complementarse unas 2.150 ayudas a personas en situación de especial vulnerabilidad.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Podrán solicitar y ser beneficiariasde las subvenciones las familias arrendatarias, con ingresos limitados, titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda con destino a residencia habitual y permanente.

Forman parte de la unidad de convivencia las personas que estén empadronadas en una misma vivienda durante todo el periodo subvencionable, existan o no lazos familiares. También será necesario que los arrendatarios de las viviendas, cuyos inquilinos van a solicitar las ayudas, hayan abonado la obligatoria fianza a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA)

 

Requisitos, condiciones e ingresos

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Los requisitos y condiciones de aplicación deberán ser cumplidos por la persona solicitante de la ayuda. En caso de contratos de arrendamiento con varias personas titulares, todas ellas deberán constar como miembros de la unidad de convivencia y figurar como tales en la solicitud, salvo que acrediten documentalmente no tener atribuido el derecho de arrendamiento.

Los ingresos de la unidad familiar no podrá superar 2,50 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) con carácter general, 3,00 veces el Iprem en caso de que se trate de una familia numerosa de categoría general o que en la unidad de convivencia existan personas con discapacidad, y de 3,50 veces el Iprem cuando se trate de una familia numerosa de categoría especial o en la unidad de convivencia existan personas con discapacidad.

En caso de que cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia haya resultado beneficiario de ayuda a personas inquilinas en anteriores convocatorias, deberá haber presentado las pertinentes justificaciones y no haber renunciado a la percepción de lo pendiente de abonar.

 

Las cuantías de las ayudas

El importe de la renta mensual de la vivienda no podrá ser superior a 600 euros. Con carácter general, se concederá una ayuda del 40% de la renta mensual a las personas beneficiarias, que alcanzará el 50% en caso de que hayan cumplido 65 años en el momento de la presentación de la solicitud.

Cuando se trate de personas en situación de especial vulnerabilidad, esta subvención puede alcanzar hasta un máximo del 75% de la renta de alquiler. Estas ayudas van destinadas también a los jóvenes menores de 35 añoscon un importe que será del 50% de la renta mensual, debiendo cumplir sus aspirantes las condiciones exigidas en estas bases en el momento de la presentación de la solicitud.

Tienes toda la información sobre las nuevas ayudas al alquiler en Andalucía aquí.

Fuente: Diario Sur.

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