Guía de obligaciones fiscales en los alquileres de viviendas y locales comerciales

Son varias las obligaciones fiscales para el propietario particular o propietario empresa, por una parte, y el arrendatario, por otra, que se derivan del alquiler de una vivienda o local comercial.

 

En el caso del arrendamiento de un inmueble para uso de vivienda, las obligaciones que conlleva son:

 

1) Cuando un propietario particular alquila un inmueble a un inquilino para uso de vivienda, debe saber que está obligado a:

 

– Depositar la fianza en el IVIMA.

– Declarar los rendimientos en su declaración de la Renta.

 

Los ingresos obtenidos por el alquiler se declaran, en la declaración de la renta, en el apartado de ‘Rendimientos de capital inmobiliario’. El propietario deberá declarar el margen obtenido, es decir, a los ingresos podrá descontar los gastos que soporte, que podrían ser los siguientes: IBI, reparaciones, intereses de préstamo, etc.

 

Actualmente, en la declaración de la renta, hay una reducción del 60%.

 

2) Cuando una empresa alquila un inmueble a un inquilino para uso de vivienda, deberá:

 

– Depositar la fianza en el IVIMA.

– Emitir factura exenta de IVA.

– Declarar los rendimientos de este alquiler en el Impuesto de Sociedades.

 

3) La persona o inquilino que alquile un inmueble para uso de vivienda, tiene obligación de liquidar el ITP ante la comunidad autónoma correspondiente.

Ahora mismo, no existen tampoco las deducciones que había en ejercicios anteriores por deducción de alquiler de vivienda.

 

 

En el caso del alquiler de un local comercial, las obligaciones derivadas son:

 

1) Cuando un propietario alquila un inmueble a una empresa/autónomo para uso de local de negocio, tendrá las siguientes obligaciones:

 

– Darse de alta en Hacienda, mediante el modelo 036, como arrendador de locales de negocio.

– Emitir factura con 21% de IVA y con 20% de retención.

– Declarar trimestralmente el IVA (modelo 303) y su correspondiente resumen anual (modelo 390).

– Declarar los rendimientos en su declaración de la renta.

 

Los ingresos obtenidos por el alquiler se declaran, en la declaración de la renta, en el apartado de ‘Rendimientos de capital inmobiliario’. El propietario deberá declarar el margen obtenido, es decir, a los ingresos podrá descontar los gastos que soporte, como podrían ser pago del IBI, reparaciones, intereses de préstamo, seguro, etc.

 

Las retenciones que han sido practicadas en estas factura, en la renta se descontarán del resultado en esta declaración, ya que han sido pago a cuenta del impuesto.

 

Nota: hay veces en que el propietario o empresa puede emitir la factura sin retención, cuando tiene un patrimonio en alquiler muy alto (este caso se da en pocas ocasiones).

 

2) Cuando el propietario que alquila un inmueble para uso de local de negocio es una empresa, tendrá las siguientes obligaciones:

 

– Emitir factura con 21% de IVA y con 20% de retención.

– Declarar trimestralmente el IVA (modelo 303) y su correspondiente resumen anual (modelo 390).

– Declarar el rendimiento en el Impuesto de Sociedades.
3) Cuando el inquilino sea un empresario particular o empresa, tendrá como obligación practicar la retención e ingresarla a favor del propietario en Hacienda mediante el modelo 115, que deberá presentar trimestralmente.

 

Anualmente, presentará un resumen anual: modelo 180.

 

Podrá, además, como empresario, desgravarse la factura de alquiler como gasto.

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